Próximas presas de las instituciones de Crédito: ¡Los Jubilados!
En ésta oportunidad quiero expresar una preocupación. Como podrán leer a continuación, nuestras autoridades, las encargadas de ver por nosotros, abren las puertas al agio para poder tener como víctimas a los Jubilados y Pensionados, tanto federales (ISSSTE) como no-federales (IMSS).En mi experiencia personal, he tenido que lidiar con éstas instituciones de Crédito. Como en todo, siempre habrá algunas honestas, pero también hay muchas cuyas intenciones no son muy legales que digamos.
Desde hace años, los salarios de los Jubilados y Pensionados (tomando como salario el pago de su pensión) han sido bastante raquíticos. A excepción de algunos cuantos, la mayoría de los miembros no ganan mas allá de los $4,000 pesos mensuales, lo que no es precisamente suficiente para cubrir las necesidades básicas de las personas de la Tercera edad, como son la mayoría.
Ésta es la información:
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Publicado en Excelsior.
Jubilados: habrá crédito con cargo a pensiones
El Senado aprobó reformas a leyes del IMSS e ISSSTE para permitir que accedan al crédito siempre y cuando los cobros no lesionen sus ingresos
Leticia Robles de la Rosa
CIUDAD DE MÉXICO, 28 de marzo.- El
pleno del Senado aprobó por unanimidad reformas a las leyes del IMSS y
el ISSS TE para permitir que los jubilados accedan al crédito con cargo
en sus pensiones, siempre y cuando los cobros no lesionen sus ingresos.
Para el caso de los jubilados del IMSS , la reforma precisa que
“podrán optar porque, con cargo a su pensión, se cubran los créditos que
les hayan sido otorgados por las entidades financieras”.
Precisa que “la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el
Retiro y la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán emitir reglas de carácter general que
se requieran para la aplicación de lo dispuesto en este artículo.
“Dicha reglas deberán prever la forma y términos en que las entidades
financieras deberán comunicar al Consejo Técnico del Instituto y a las
aseguradoras y administradoras de fondos para el retiro con las que
celebren los convenios a que se refiere este precepto, las condiciones
generales del crédito, incluyendo el Costo Anual Total aplicable a los
préstamos mencionados, con objeto de que éstos, en forma clara, precisa y
transparente los hagan del conocimiento de los pensionados, para fines
de comparación en la elección de la entidad financiera a la que
solicitarán el préstamo”, dispone.
Respecto a los pensionados del ISSSTE, dispone que podrán optar por
el mismo derecho de que los créditos solicitados se cobren de sus
pensiones. Y aclara que “los descuentos a la pensión que se realicen en
los términos de este artículo, considerando otros descuentos que en
términos de las disposiciones jurídicas resulten procedentes, no podrán
exceder del 30% de la pensión ni implicar que la cuantía de la pensión
se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada establecida
en esta ley. En la aplicación de los referidos descuentos se aplicará la
prelación que corresponda en términos de las disposiciones jurídicas
aplicables”.
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Invito a todos los Jubilados y Pensionados a LEER LA LETRA PEQUEÑA, lo cual quiere decir que lean bien antes de firmar cualquier compromiso financiero. Nunca contraten antes de estar seguros totalmente de las condiciones en que les será descontado el Crédito, y principalmente el CAT (COSTO ANUAL TOTAL) del Crédito contratado. En tanto no estén seguros, NO FIRMEN NADA.
Ahora que les han abierto la puerta, habrá que ser muy cuidadoso a la hora de contratar.
Recuerden que al firmar, están tomando UN COMPROMISO PERSONAL, y no habrá Sindicato ni Asociación que pueda ayudarlos, pues no tenemos ingerencia en esos asuntos.
Seguiré informando.
Daniel Ángel Martínez Castro
Secretario de Conflictos y Promociones Económicas
Comité Ejecutivo Seccion Morelos.
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